La Orden EMT/85/2024, de 23 de abril, establece el Calendario oficial de fiestas laborales en Catalunya para el año 2025.
1 de enero (miércoles) – Año nuevo
6 de enero (lunes) – Reyes
18 de abril (viernes) – Viernes Santo
21 de abril (lunes) – Lunes de Pascua
1 de mayo (jueves) – Fiesta del Trabajo
24 de junio (martes) – San Juan
15 de agosto (viernes) – La Asunción
11 de septiembre (jueves) – Fiesta Nacional Catalunya
1 de noviembre (sábado) – Todos los Santos
6 de diciembre (sábado) – Día de la Constitución
8 de diciembre (lunes) – La Inmaculada
25 de diciembre (jueves) – Navidad
26 de diciembre (viernes) – San Esteban
De las 13 fiestas mencionadas, una tendrá carácter de recuperable, a elegir entre el 6 de enero, el 21 de abril, el 24 de junio y el 26 de diciembre. Las otras 12 serán de carácter retribuido y no recuperable.
Además de las fiestas indicadas, los Ayuntamientos de cada localidad aprobarán 2 fiestas locales.
