La Orden EMT/85/2024, de 23 de abril, establece el Calendario oficial de fiestas laborales en Catalunya para el año 2025. 

1 de enero (miércoles) – Año nuevo

6 de enero (lunes) – Reyes

18 de abril (viernes) – Viernes Santo

21 de abril (lunes) – Lunes de Pascua

1 de mayo (jueves) – Fiesta del Trabajo

24 de junio (martes) – San Juan

15 de agosto (viernes) – La Asunción

11 de septiembre (jueves) – Fiesta Nacional Catalunya

1 de noviembre (sábado) – Todos los Santos

6 de diciembre (sábado) – Día de la Constitución

8 de diciembre (lunes) – La Inmaculada

25 de diciembre (jueves) – Navidad

26 de diciembre (viernes) – San Esteban

De las 13 fiestas mencionadas, una tendrá carácter de recuperable, a elegir entre el 6 de enero, el 21 de abril, el 24 de junio y el 26 de diciembre. Las otras 12 serán de carácter retribuido y no recuperable.

Además de las fiestas indicadas, los Ayuntamientos de cada localidad aprobarán 2 fiestas locales.